Una pregunta a aquellos que sepan:
Supónganle que tengo un local en el que paso música a niveles relativamente normales y que no molestan a los vecinos, que no es un boliche, ponganle que es un local de venta de ropas o un restó.
Si la música que tengo es totalmente gratuita y no tiene ningúna ley que me obligue a pagar por descargarla y reproducirla en cualquier lugar y es música que no fué creada en la república argentina, ¿Puede el SADAIC cobrarme una multa por pasarla en mi local y sin pedirles autorización a ellos?, ¿u otra organización puede cobrarme algún tipo de multa por reproducirla en mi local?.
Esa duda me la planteé con varios y me dijeron firmemente que si.
Supónganle que tengo un local en el que paso música a niveles relativamente normales y que no molestan a los vecinos, que no es un boliche, ponganle que es un local de venta de ropas o un restó.
Si la música que tengo es totalmente gratuita y no tiene ningúna ley que me obligue a pagar por descargarla y reproducirla en cualquier lugar y es música que no fué creada en la república argentina, ¿Puede el SADAIC cobrarme una multa por pasarla en mi local y sin pedirles autorización a ellos?, ¿u otra organización puede cobrarme algún tipo de multa por reproducirla en mi local?.
Esa duda me la planteé con varios y me dijeron firmemente que si.




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